Autorización para viajar con menores de edad

Es importante destilar estos temas con tiempo antes de de la época de vacaciones porque es la época que la gente toma para viajar y salir de la nación, el problema es si tengo hijos menores de edad ¿Debo tener la autorización de ambos padres?

A quién va dirigido?

  • A aquel padre o madre que tenga que salir del país con su hijo o hija menor de 18 años de edad.
  • Aquellas personas adultas que van a salir del país con un niño, niña o adolescente que no sea su hijo o hija; o que no tenga respecto de él o de ella, su cuidado personal. 

Tabla de Contenidos

¿Qué sucede cuando uno de los padres se niega a autorizar la salida del país al niño?

Lo normal es que el padre o la madre acuda a la notaría firmen un documento que autoriza la salida del niño del país.

¿Qué sucede si algunos de los padres no quiere firmar? ¿Qué tengo que hacer?

Debe sacar la autorización por vía judicial y tener presente que este procedimiento de autorización lleva un tiempo de por lo menos 60 días. 

El procedimiento no requiere abogado es una solicitud escrita que se sube al sistema, explicando que el padre no quiere autorizar la salida del menor, esta solicitud debe ir acompañada del certificado de nacimiento, el boleto de viaje de ida y retorno del menor y de la familia y la explicación de por qué es apropiado el viaje o por qué no se justifica la negativa del padre.

El Magistrado toma en consideración si el padre tiene una relación directa y regular con el menor, si el padre aporta a la manutención del menor, el tiempo que usted está solicitando, las garantías que existen para que pueda el tribunal decidir.

Si al tribunal se le presentan todas las garantías de que se va a retornar al país en el tiempo del período de vacaciones, el tribunal no tiene motivos para negar la salida del país.

Si la solicitud es para un tiempo indefinido o permanente

Más complejo sería si se solicita una salida en forma permanente ó indefinida o por un período prolongado, es decir, mayor de 60 días.

En este caso, el tribunal no tendría problema en otorgar la autorización, solo que es necesario resguardar los derechos del niño en relación a mantener el vínculo con el otro progenitor.

Si este vínculo nunca ha existido no tiene por qué ser negada la salida del país, pero es necesario probar que este vínculo no existe, bien sea porque no existe ninguna sentencia de pensión de alimento, deudas de muchos años atrás de pensión de alimentos, etc. de tal manera que manifiesta la despreocupación que existe entorno a responsabilizarse por las necesidades del menor, entonces el tribunal no tiene por qué negar la autorización de salida por tiempo indefinido o permanente.

Recomendación importante

El problema que se presenta frecuentemente es que la familia del niño/a o adolescente realiza la solicitud muy cerca del plazo de la salida del país, ya que a pesar de que puedas presentar todos los requisitos y todo este correcto, los tiempos no te van a dar para que esa sentencia quede firme y que se remita al departamento de emigración o al Registro Civil a objeto de que tu puedas validar la autorización para la salida del menor.

Estos procesos no son inmediatos se demora por lo menos 60 días los cuales debes prever en el momento de planificar tus viajes con un menor.

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