Se puede solicitar al juez de familia que ordene medidas de apremio contra la persona deudora para forzar o acelerar el pago.
Las medidas de apremio son las providencias que pueden tomar cualquier autoridad jurisdiccional para hacer cumplir alguna determinación emitida por ellas mismas.
Tabla de Contenidos
¿Cuáles son los apremios a deudores de Pensión Alimenticia?
Los apremios son las formas de presión que ordena un Tribunal de Familia para que el deudor de pensión de alimentos se ponga al día. Los apremios que contempla la ley para los casos de incumplimiento en el pago de la pensión de alimentos son:
• Suspensión de la licencia de conducir
Por un plazo de 6 meses, pudiendo aumentar por 6 meses más si aún existe incumplimiento.
• Arresto nocturno
Por 15 días, el cual podrá ser ampliado a 30 días si aún existe incumpliendo.
• Arraigo nacional
Solicitado cuando existe un motivo fundado para pensar que el deudor se va a ausentar del país. En estos casos, el juez pide al deudor una garantía para el cumplimiento de la pensión.
• Retenciones de dinero a deudores de Pensión de Alimentos
Dichas retenciones son otra forma de presionar, proteger y garantizar el pago de las pensiones de alimentos que se deben.
1. Retención del sueldo
Según el artículo 8 de la Ley 14.908, el juez podrá solicitar la retención judicial del sueldo (y otras formas de ingreso) de todos los trabajadores dependientes, ya que permite que el empleador, en el pago de los sueldos, descuente por planilla el monto que se debe de pensión de alimentos.
2. Retención de Impuesto a la Renta
Según la ley 14.908, el juez de familia tiene la facultad de ordenar, en el mes de Marzo de cada año a la Tesorería General de la República, que retenga de la devolución anual de impuestos a la renta que corresponda percibir a deudores de pensiones alimenticias, los montos insolutos y las pensiones que se devenguen hasta la fecha en que debió verificarse la devolución.
La Tesorería General de la República (“TGR” por sus siglas) deberá comunicar al tribunal respectivo el hecho de la retención y el monto de la misma.
• Registro Nacional de Deudores de pensión alimenticia
El Registro Nacional de Deudores de Pensión es un mecanismo que castiga a todos los deudores de pensión de alimentos a través de una base de datos centralizada. Esta nueva ley genera graves restricciones patrimoniales y de acceso a diversas prestaciones; terminando así con la impunidad en el pago de pensiones de alimentos.
La vigencia del registro comienza a funcionar desde el 18 de Noviembre de 2022.
¿Qué pasa si una persona está en el Registro de deudores de pensión alimenticia?
La ley establece una serie de consecuencias que enumeramos a continuación:
- La entidad financiera que otorgue un crédito igual o superior a 50 UF, deberá retener parte de dichos fondos para pagar la deuda de alimentos.
- La Tesorería General de la República retendrá la devolución de impuestos anual de los deudores listados.
- Tanto el Conservador de Bienes Raíces como el Registro Civil podrán hacer inscripción del traspaso de inmuebles o vehículos cuando se acredite que con las ganancias se pagará la deuda de alimentos.
- No podrán serles otorgados licencias de conducir ni pasaportes
- Remuneraciones de Gerentes generales o Directores de Sociedades Anónimas abiertas con transacción bursátil serán retenidas directamente.
- Se establece la inhabilidad para recibir determinados beneficios económicos o bonos por parte de órganos de la Administración del Estado.
- Contrataciones, promociones o ascensos en órganos de Administración del Estado, Poder judicial y Congreso, deberán verificar el Registro de deudores de pensión. En caso de existir deuda, se retendrá el salario del deudor hasta extinguir completamente la obligación.
- Mismo efecto tendrán los trabajadores a honorarios, pensionados de vejez, invalidez o sobrevivencia, donde se les retendrán los ingresos hasta extinguir la deuda.
- La indemnización por años de servicio, en caso de ser desvinculado, pasará a pagar la eventual deuda de alimentos.
- La deuda de pensión de alimentos pasa a formar parte de los créditos de primera clase, modificándose el Código Civil
- Solicitantes de adopción de un niño, niña y/o adolescentes, serán verificados contra este Registro de deudores de pensión de alimentos, y tomado en cuenta para la evaluación total.
¿Puede decretarse más de un apremio a la vez?
Sí, la Ley 14.908 permite que se dicten varios apremios simultáneos por parte del juez.
Sabias todas estas formas legales para hacer valer los derechos de tus hijos. Es posible que te queden muchas dudas, de ser así no vaciles en comunicarte ó dejarnos un mensaje que de inmediato te responderá un abogado de familia dispuesto a ayudarte.
¿Está necesitando representación o asesoría?
Brindamos asistencia integral de calidad para nuestros clientes que requieran orientación para abordar particularidades conflictivas. Somos altamente cualificados para llevar a cabo casos relacionados.
Primera evaluación SIN COSTO.