Rebaja de pensión de alimentos

¿Qué es la rebaja de pensión de alimentos?

Es un procedimiento legal que permite disminuir la pensión alimenticia que debe   pagar una persona mensualmente (que esté en condición de alimentante), por concepto de obligación en virtud de parentesco consanguíneo, matrimonio o divorcio, está obligado a ello por ley de dar alimentos al o a los alimentarios (descendientes), lo cual fue fijada o aprobada judicialmente. Esto basado en una reducción de la cantidad de alimentos que se otorgan al alimentado.

 

Esto se lleva a cabo cuando el deudor de alimentos no puede proporcionar el monto completo de los alimentos debido a sus circunstancias financieras. La cantidad de la rebaja depende de las necesidades del alimentado y de las posibilidades y circunstancias domésticas del deudor, de acuerdo con el Artículo 329 del Código Civil Chileno, Ley N° 14.908. La cantidad de la rebaja no debe ser tan exagerada que resulte ofensiva para el alimentado ni tan escasa que resulte insuficiente para satisfacer sus necesidades.

Tabla de Contenidos

¿Por qué se da la rebaja de pensión alimenticia?

Se da en los casos que exista una modificación o cambio  de las condiciones económicas  originales del momento que se dictaminó el monto de la pensión alimenticia.

Las causas que a nivel legal permiten hacer una rebaja de pensión son:

1. Que la persona obligada a pagar la pensión sufra una disminución de su capacidad económica, debido a:

  • Este actualmente desempleado.
  • Tenga un nuevo trabajo pero por cualquier condición, esté por contrato ganando menos salario en comparación con el salario que tenía cuando se fijó la pensión alimentaria.
  • Forme otra familia y tenga nuevos hijos.
  • Una discapacidad puede ser una causa para solicitar una rebaja en la pensión alimenticia. Para que el tribunal de familia considere la solicitud de rebaja, el solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos: a) que el solicitante sea incapaz de proporcionar su propio sustento; b) que los parientes del solicitante no estén obligados a proporcionarle alimentos; c) que el solicitante no tenga recursos suficientes para su manutención.

2. Cuando cambia la situación económica del alimentario (hijo o hija), estas son:

  • El alimentario tenga más de 21 año y no se encuentre  
  • Este trabajando.
  • Recibe una herencia.
  • Recibe algún tipo de renta. Estas rentas pueden incluir ingresos mensuales, ingresos por intereses o dividendos, ingresos de pensiones, ingresos por propiedades alquiladas o cualquier otra renta que el alimentario reciba.

¿Cómo tramitarlo?

Para solicitar una rebaja de la pensión alimenticia, según el Código Civil Chileno, Ley N° 14.908, debe presentarse una solicitud en un tribunal de familia. La solicitud debe estar acompañada de una documentación que demuestre las circunstancias financieras del deudor de alimentos.

El tribunal de familia evaluará los documentos presentados para determinar si se concede la rebaja. Si se concede la rebaja, se emitirá una nueva orden de pago con la cantidad reducida. Si el deudor de alimentos no cumple con la nueva orden de pago, se le pueden imponer sanciones.

Documentos necesarios para la Rebaja de la Pensión Alimenticia:

Para solicitar una rebaja de la pensión alimenticia en Chile, según el Código Civil Chileno, Ley N° 14.908, debe presentarse una solicitud en un tribunal de familia, junto con los siguientes documentos:

  1. Declaración jurada de ingresos y gastos del deudor de alimentos
  2. Estado patrimonial del deudor de alimentos
  3. Declaración de circunstancias familiares del deudor de alimentos
  4. Recibos de pago de alimentos anteriores
  5. Declaración del alimentado con respecto a sus necesidades. El tribunal de familia evaluará la demanda y decidirá si se concede la rebaja solicitada. necesidades. El tribunal de familia examinará los documentos presentados para determinar si se concede la rebaja. Si se concede la rebaja, se emitirá una nueva orden de pago con la cantidad reducida.

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¿Cómo los Padres tienen derecho a recibir una pensión alimentaria de sus hijos?

Según el Código Civil Chileno, Ley N° 14.908, los ascendientes (Padres), tienen derecho a recibir una pensión alimenticia para cubrir sus necesidades básicas, si no tienen los recursos suficientes para cubrir sus propias necesidades. La pensión alimenticia debe ser otorgada por los descendientes (hijos) del ascendiente, o por aquellos que sean responsables de la manutención del ascendiente según lo establecido en la ley. En caso de que no haya descendientes o personas responsables, el estado puede ser responsable de la pensión alimenticia del ascendiente.

¿Cómo Los hermanos tienen derecho a recibir una pensión alimenticia?

Los hermanos tienen derecho a recibir una pensión alimenticia para cubrir sus necesidades básicas, si no tienen los recursos suficientes para cubrir sus propias necesidades. Según el Código Civil Chileno, Ley N° 14.908,  La pensión alimenticia debe ser otorgada por los hermanos mayores o por aquellos que sean responsables de la manutención de los hermanos según lo establecido en la ley. En caso de que no haya hermanos mayores o personas responsables, el estado puede ser responsable de la pensión alimenticia de los hermanos.

¿Cómo alguien que hizo una donación cuantiosa puede recibir una Pensión Alimenticia?

Si no hubiere sido rescindida o revocada, también puede recibir una Pensión Alimenticia.

Según el Código Civil Chileno, Ley N° 14.908, el que hace una donación cuantiosa no tiene derecho a recibir una pensión alimenticia a menos que la donación se haya rescindido o revocado. En este caso, la persona que hizo la donación tiene derecho a solicitar una pensión alimenticia si cumple con los requisitos establecidos por la ley. Si se concede la pensión alimenticia, el monto será determinado por el tribunal de familia.

Según el Código Civil Chileno, Ley N° 14.908, para que una persona que hizo una donación reciba una pensión alimenticia, debe cumplir con los siguientes requisitos: a) que el donante sea incapaz de proporcionar su propio sustento; b) que los parientes del donante no estén obligados a proporcionarle alimentos; c) que el donante no tenga recursos suficientes para su manutención y d) que el donante no pueda recibir pensiones por cualquier otra causa. El tribunal de familia determinará el monto de la pensión alimenticia.

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